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OBRAS
/ Constatación de Unidad Funcional (CUF)

📄 Este trámite permite obtener la Constatación de Unidad Funcional (CUF), también conocida como certificado de deslinde y amojonamiento. Consiste en amojonar el lote, es decir, determinar físicamente sus vértices, y en algunos casos, verificar posibles invasiones por construcciones de linderos.
Una vez visado el CUF, se pueden presentar planos de obra en la Dirección de Obras Particulares.
🙋♂️ ¿Quién puede realizar el trámite?
- Profesionales matriculados y habilitados por el CPAGIN (Buenos Aires 373).
Ejemplos:- Agrimensores
- Ingenieros Civiles
- Especialistas habilitados
📍 ¿Dónde se realiza?
- Mesa de Entradas – Edificio Municipal
📍 Av. San Martín 155
📧 entradas@plottier.gob.ar
📄 Requisitos:
- De acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1343/21, Art. 4º.
Formato y Firma - El CUF debe presentarse en formato PDF, tamaño A3.
- Debe estar firmado digitalmente por el profesional actuante.
- Constancia del Colegio Profesional
- Constancia de intervención del Colegio Profesional de Agrimensura de la Provincia del Neuquén (CPA).
- Debe estar en formato PDF y firmada digitalmente por el profesional actuante.
- Formulario de mejoras
- Requiere presentación si la parcela se encuentra edificada.
- Debe estar firmado digitalmente por el profesional actuante.
⚙️ ¿Cómo se realiza?
1. El profesional ingresa la documentación presencialmente o por correo en Mesa de Entradas, donde se otorga un número de expediente para luego ser remitido al área de catastro.
2. Se realiza una revisión y se informa (via mail) al profesional sobre correcciones necesarias y la liquidación correspondiente liquidación correspondiente (es una boleta de pago que puede ser abonada por cualquier medio de pago).
3. Una vez cumplimentadas las correcciones y presentada la documentación junto con el comprobante de pago quedará para la firma del agrimensor certificado por el municipio.
4. Finalmente, se entrega la constatación solicitada via mail.
💰 Costo del Trámite:
- Según tarifaria vigente:
- Ordenanza Nº 3713/15 – Art. 71º
- Ordenanza Nº 4436/2024
- Decreto Nº 575/2025
📆 Vigencia:
- Según lo establecido por el Decreto Nº 1343/21, Art. 4º.
3 años de vigencia para: - Terrenos sin construcciones
- Baldíos
- Terrenos en construcción
- 5 años de vigencia para:
- Terrenos con construcciones
- El plazo se cuenta desde la fecha de registración municipal.


- 📲 Dirección de Catrasto: Elordi N° 158 planta alta, Centro
- 📌 Teléfono de contacto (0299) 4932381 int. 480
- Horario de atención: Lunes a Viernes 08 a 13hs.
- 📩 catastro@plottier.gob.ar